¿Cómo quitar una quita de Buró de Crédito?

Cada vez que una persona solicita un préstamo, se espera que al finalizar el contrato el mismo quede completamente saldado. Sin embargo, esto no siempre sucede.

Uno de los mecanismos que se utilizan cuando el deudor no puede pagar la totalidad de su crédito es llegar a un acuerdo con el acreedor para que le realice un descuento, lo cual es conocido como quita.

Ahora bien, ¿qué sucede en el Buró de Crédito cuando obtienes una quita?. ¿Esto puede ser perjudicial?. Te contamos todo en esta guía.

Índice

¿Qué es una quita en el Buró de Crédito?

Una quita es un convenio mediante el cual el deudor y acreedor acuerdan un nuevo monto para la deuda en cuestión, menor a la original, con el objetivo de lograr recuperar parte del dinero adeudado.

Cuando hablamos de acreedor hacemos referencia a cualquier entidad que haya prestado dinero u otro instrumento financiero o producto, ya sea una entidad bancaria como cualquier comercio en general.

Si bien este acuerdo es legal, debes saber que las quitas se informan al Buró de Crédito, por lo que si luego decides obtener un Reporte de Crédito Especial verás que este adeudo figura con una marca en tu historial, bajo la clave 97.

Aclaración

La clave 97 significa cuenta con deuda parcial o total sin recuperar, en una primera instancia.

Luego, cuando el adeudo es cancelado, la clave 97 sigue figurando por el tiempo establecido por la ley aunque la leyenda se modifica por cuenta liquidada.

También puedes ver una clave LC, que implica un pago mínimo o convenio de finiquito.

¿Cómo quitar una quita calve 97 de Buró de Crédito?

Para poder quitar la quita de tu Buró deberás cancelar el adeudo y esperar un tiempo estipulado por la ley, el cual varía de acuerdo al monto adeudado, llegando a un máximo de 72 meses (6 años).

Monto de la DeudaTiempo necesario para que se borré del Buró de Crédito
Deudas menores o iguales a 25 UDISPasado un año de antigüedad.
Deudas de 25 a 500 UDISPasados dos años de antigüedad.
Deudas de 500 a 1000 UDISPasados cuatro años de antigüedad.
Deudas mayores a 1000 UDISPasados seis años de antigüedad.

En el caso de montos mayores, fraudes o adeudos con procesos judiciales, no se eliminarán del historial crediticio hasta que se resuelva el conflicto o se abone el mismo.

¿Qué problemas trae tener una quita en el Buró?

Como podrás imaginar, toda empresa que realice una averiguación de antecedentes financieros verá la quita que tienes en el Buró, lo cual se interpretará como que no tienes la liquidez suficiente para afrontar el 100% de tus adeudos.

Esto puede significar que esa empresa no acepte firmar un contrato contigo. Es decir, que no te provea de sus productos o servicios, ya sean créditos bancarios, automotriz, beneficios para la compra de una moto, etcétera, hasta que la quita deje de aparecer en tu historial.

Recuerda que si bien las quitas permiten reducir el monto de la deuda, también tienen su parte negativa: el acreedor informará al Buró que tuvieron que renegociar la misma por un monto inferior para poder recuperar algo del dinero, lo cual deja una mancha en tus comportamientos de pago registrados.

Si ya tienes esta marca en tu Reporte de Créditos te recomendamos pagar la deuda cuanto antes y nunca, pero nunca, aceptar la ayuda de empresas de terceros que prometen salir del Buró.

¿En qué casos se puede pedir una quita?

Existen básicamente dos experiencias posibles:

  1. Que el deudor se haya acercado al comercio o banco para pedir una quita: en este caso, hay voluntad para pagar, aunque por problemas financieros no se puede afrontar la totalidad del crédito.
  2. Que el acreedor ofrezca la quita: en este caso, se trata del último recurso del que dispone la institución para recuperar, al menos, algo del dinero perdido.

Si bien en ambos casos la marca 97 queda registrada en el historial, es posible que Condusef valore la iniciativa o falta de ella por parte del deudor y acompañe este valor con otra clave.

Importante

Sea cual sea el caso, las quitas sólo existen cuando hay una mora y una imposibilidad de pago.

Además, al ser un convenio de ambas partes, los dos involucrados aceptan llegar a este acuerdo, por lo que no se trata de una imposición sino de un último recurso de pago.

Autor

Sobre Ángeles Arca

Hola, mi nombre es Ángeles y soy la redactora de este blog. Intento aportar mi granito de arena para ayudar a las personas a realizar sus trámites de forma fácil.

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